Inclusión Digital Universal.
En la actualidad, el acceso a Internet y la información son fundamentales en nuestra sociedad. El mundo se actualiza en cuestión de los derechos de usuarios de la red.
Nuestro país no es la excepción y sigue en esa tendencia.
El 10 de junio en ceremonia protocolaria, el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto firmó el Decreto de Reformas Constitucionales en materia de Telecomunicaciones y Competencia Económica, la cual fue ratificada por 17 Legislaturas Estatales y aprobada por el Congreso de la Unión, en ella se establece legislar en materia de radiodifusión y telecomunicaciones.
El Ejecutivo Federal enumeró los seis ejes de la Reforma:
- Primero: Fortalecimiento de derechos fundamentales
- Segundo eje: Actualización del marco legal del sector telecomunicaciones
- Tercer eje: Fortalecimiento del marco institucional.
- Cuarto eje: Promoción de la competencia
- Quinto eje: Establece una política de inclusión digital universal y una agenda digital nacional
- Sexto eje: Impulso a una mayor cobertura en infraestructura
¿Cuales son los derechos de los usuarios en México?
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dieron a conocer los derechos mínimos de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) el IFT detalló que lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
Recordó que en los servicios de telecomunicaciones están incluidos los de telefonía, datos, banda ancha, Internet, radiocomunicación especializada de flotillas (trunking o radio) y televisión de paga.
Explicó que la LFTR señala que corresponde a la Profeco promover, proteger, asesorar, defender, conciliar y representar a los usuarios y consumidores frente a los concesionarios o autorizados de servicios de telecomunicaciones.
A su vez determina que el IFT tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico.
Además de los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, entre otras atribuciones.
Así, precisa el documento, el acuerdo emitido indica los derechos mínimos de los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, tales como la libertad de elegir, a la portabilidad y al desbloqueo.
Además de contar con condiciones de contrataciones claras, justas y equitativas, a la calidad en el servicio y en el equipo terminal, a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales, así como a la accesibilidad de los usuarios con discapacidad.
Añadió que los usuarios también tienen derecho al acceso gratuito a un número telefónico de servicios de emergencia, a la suspensión del servicio por reporte de robo o extravío, a recibir de manera gratuita las señales de televisión abierta, así como a la protecciónblio
Bibliografia:
EL ECONOMISTA. (2015). Dan a conocer carta de derechos de usuarios de telecomunicaciones. 4/2/2017, de EL ECONOMISTA Sitio web: http://eleconomista.com.mx/industrias/2015/07/06/dan-conocer-carta-derechos-usuarios-telecomunicaciones